La prueba pericial en el proceso laboral: Su valor en la determinación del trabajo en jornada extraordinaria

Expert evidence in the labor process: itsvalue in the determination work in its extraordinary day

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Rosalinda Ross Serrano de González

Resumen

La prueba pericial es un medio probatorio fundamentado en la ciencia y la técnica, cuya concreción se logra a través de la actuación de peritos. El medio de prueba pericial reviste especial importancia en materia laboral, sobre todo en los casos en que se hace necesaria la verificación del trabajo en horas extraordinarias, cuando se requiere de su determinación de manera precisa, de tal manera que pueda instruir a los juzgadores con los elementos esenciales sobre el particular, a quienes corresponde la valoración del dictamen pericial. Por lo tanto, y tomando en consideración que otros medios de prueba por regla general, resultan insuficientes para tal fin, poder contar con un dictamen pericial debidamente fundamentado y preciso, redundará en la certeza de la pretensión sobre las prestaciones correspondientes.

Detalles del artículo

Biografía del autor/a Ver

Rosalinda Ross Serrano de González, Órgano Judicial

Licenciada en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad de Panamá, Capítulo de Honor Sigma Lambda; Postgrado en Métodos Alternos de Resolución de Conflictos; Postgrado y Maestría en Derecho Laboral, en grado Summa Cum Laude, de la Universidad Santa María La Antigua. Maestría en Derecho Procesal de la Universidad Latina de Panamá; Postgrado y Maestría en Docencia Superior;  y Especialización en Metodología de la Investigación en Ciencias Sociales, de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.

Ha ejercido como litigante y además, como docente, en varias Universidades del país, a nivel de licenciatura, diplomados, postgrados y maestrías; y en lo judicial, como Jueza en distintas jurisdicciones.

Actualmente se desempeña como Magistrada del Tribunal Superior de Trabajo, del Primer Distrito Judicial, cargo obtenido por concurso, del cual es su actual Presidenta; además, ejerce funciones como Magistrada Suplente en la Sala Tercera, de lo Contencioso Administrativo y Laboral, de la Corte Suprema de Justicia. 

Referencias Ver

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