El cumplimiento de las obligaciones parentales de alimentos y régimen de visitas en tiempos de pandemia

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Eduardo Vargas Reyes

Resumen

Es plenamente conocido que luego de una separación de pareja en donde existen hijos en común, dos de los aspectos emergentes a regular lo son la distribución o satisfacción de las necesidades alimentarias de estos, entendiéndose por esta el concepto más amplio, que involucra todo lo necesario para el desarrollo integral de un menor de edad. En tanto que el aspecto de las relaciones parentales conlleva garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a compartir e interactuar con ambos progenitores independientemente de la ruptura afectiva entre estos.


Ahora bien, más allá de los conflictos que pueden suscitarse en el ejercicio de estos dos derechos derivados de la figura de la patria potestad, producto de la mayor o menor intensidad de la problemática familiar luego de los periodos de ruptura de pareja, surge la interrogante ante las restricciones de movilidad y la paralización de una gran parte de los sectores de la economía por periodos de tiempo muy prolongado dentro de la declaración de estado de emergencia por pandemia, acerca de la justificación o no de suspender o flexibilizar de alguna manera la regulación legal y la supervisión judicial tanto de las pensiones alimenticias como de los regímenes de visitas dispuestos en beneficio de los progenitores no custodios.

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Biografía del autor/a Ver

Eduardo Vargas Reyes, Órgano Judicial

Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad Autónoma de Chiriquí, con Maestría en Derecho Mercantil obtenida en la Universidad Santa María La Antigua, Postgrado en Docencia Superior expedido por la Universidad Interamericana de Panamá y una carrera de 11 años en el Órgano Judicial, partiendo del cargo de Oficial Mayor II en el Juzgado Tercero Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial en 2010, Asistente de Juez en el mismo despacho, Asistente de Magistrado en el Tribunal Superior de Familia y en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, en ambos casos asistiendo a la Magistrada Nelly Cedeño de Paredes, hasta ocupar desde el año 2016 el cargo de Juez Cuarto Municipal de Familia del Distrito de Panamá, Suplente de Juez Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá y docente universitario de licenciatura y maestría en diversas universidades desde el año 2013.

Referencias Ver

Acuerdo No. 146 (2020), 13 de marzo de 2020, Gaceta No. 29021-A (Panamá).

Acuerdo No. 159 (2020), 6 de abril de 2020. Gaceta No. 29021-A (Panamá).

Caicedo, M., Valbuena, J., Ríos, M., & Paula, M. El Régimen de visitas en medio del confinamiento por la pandemia de covi-19. http//red.uexternado.edu.co

Código de la Familia 2015, Ley 3 de 17 de mayo de 1994, Gaceta No. 22591, (Panamá).

Constitución Política Nacional (2004), 15 de noviembre de 2004, Gaceta N°.25176, (Panamá).

Convención de Los derechos del niño 20 de noviembre de 1989,1 de agosto de 1994.

Convención Americana de Derechos Humanos, 22 de noviembre de 1969.

Corte Interamericana de Derechos Humanos, 27 de abril de 2012

Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948.

Fariña, F., Seijo, D., Fernández-Hermelo, M., & Vázquez, M. J. (2020). Gestión del régimen de visitas, intercambios y comunicación con los hijos e hijas durante la pandemia de la COVID-19. Publicaciones,50(1), 23–41. doi:10.30827/publicaciones.v50i1.15942.

Hernández, A. (2021, septiembre 11). Empresas del sector servicio tienen 81 mil contratos suspendidos. La Prensa. https://www.prensa.com/impresa/economia/empresas-del-sector-servicio-tienen-81-mil-contratos-suspendidos).

Ley 42 del 7 de agosto de 2012. General de Pensiones Alimenticias.

Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, 16 de diciembre de 1966.

Resolución de Gabinete No. 11 (2020), 13 de marzo de 2020, Gaceta No. 28979-B, (Panamá).

Resolución, 1, 2020. Pandemia y Derechos Humanos en Las Américas. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf.

UNICEF Comité Español (2016). Convención sobre los Derechos del Niño. https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf.

UNICEF Panamá (2020). Informe 1. Impacto socioeconómico de la emergencia del COVID-19 sobre las familias, los niños, niñas y adolescentes en Panamá. https://www.unicef.org/panama/media/2946/file/Impacto%20socioecon%C3%B3mico%20de%20la%20emergencia%20del%20COVID19%20sobre%20las%20familias,%20los%20ni%C3%B1os,%20ni%C3%B1as%20y%20adolescentes%20en%20Panam%C3%A1..pdf.

UNICEF Panamá (2020). Situación de Familias con Niños, Niñas y Adolescentes durante el COVID-19 en Panamá. Encuesta telefónica de hogares. https://www.unicef.org/panama/comunicados-prensa/unicef-presenta-los-resultados-de-la-encuesta-situacion-de-familias-con-niños.

Zamora, M. L. Z. (2016). Guía de intervención familiar en casos de separación, divorcio y protección de menores. Dykinson.

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